Junta Directiva del Concejo Municipio Barinas

El cuerpo edil establece una junta directiva anual, que esta conformada por sus máximas autoridades de la siguiente forma:

Presidente. Concejal Briam Rondón.

Vicepresidente. Concejal Yiovanny Alberto Guerrero.

Secretaria de Cámara. Lcda. Marlem Morillo

Subsecretaria. Abg. Kely Torres

Funciones de la junta Directiva del Concejo Municipal Barinas

Presidente

Ejerce la representación  del Concejo Municipal en el ámbito de su competencia. Es  el representante del cuerpo, tendrá derecho a voz y a voto, en las sesiones que celebre el Concejo y llevara las relaciones del mismo con los organismos públicos privados y con la ciudadanía.

Presidir las sesiones y, en consecuencia, abrir, cerrar, prorrogar y suspender las sesiones del Concejo Municipal, conforme a lo previsto  en el reglamento interno y debate; Dirigir el debate, conforme al reglamento. Fijar, junto con el secretario, cuando haya presidido la sesión, las Actas, Ordenanzas, Reglamentos, Acuerdos y demás actos dictados por el Concejo, así como velar por su cumplimiento y ejecución.

Ejecutar el presupuesto del Concejo Municipal, presentar trimestralmente al Contralor o Contralora Municipal un informe detallado de su gestión y del patrimonio que administra con la descripción y justificación de su utilización y gastos, el cual pondrá a la disposición de los ciudadanos y ciudadanas en las oficinas correspondientes.

Las demás que le confieren las Leyes, Ordenanzas, Reglamentos, Acuerdos y demás Instrumentos Jurídicos Municipales.

Vicepresidente

El  Vicepresidente tiene como función cubrir las faltas temporales del Presidente o Presidenta del Concejo Municipal del Municipio Barinas.  Las demás que le dicte la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, Ordenanzas, Reglamentos, Acuerdos y Resoluciones.

Cuando la ausencia del Presidente no fuere notificado, es decir fuere intespectiva y exista algún acto protocolar o sesión  pendiente o a punto de realizarse la presidencia será asumida automáticamente por el vicepresidente o vicepresidenta.  Cuando se trate de sesiones Ordinarias y Extraordinarias, el presidente asumirá sus funciones en el momento que haga presencia en la Cámara; pero cuando se trate de actos protocolares incluyendo Sesiones Solemnes y Especiales quien haya asumido las funciones de Presidente concluirá el acto.

Secretaria de Cámara

El Secretario o secretaria tiene como objeto apoyar y auxiliar al Concejo Municipal y la Alcaldía, en sus labores deliberantes, legislativas y administrativas. Y unas de sus funciones es refrendar las Ordenanzas y demás instrumentos jurídicos que dicte la Cámara como cuerpo colegiado. Utilizar los medios eficaces para hacer llegar a los Concejales o Concejalas las convocatorias a las sesiones Extraordinarias, Especiales y Solemnes, así como las notificaciones y demás correspondencias que le fueren dirigidas.

Elaborar las Actas de las sesiones y adicionales al libro respectivo conforme al procedimiento establecido en el presente Manual y el Reglamento Interno, una vez que fueren aprobados por el Concejo Municipal.  En dichas Actas deben hacerse mención de los Concejales presentes en el momento de la apertura de la sesión, así como de quienes se hayan incorporado o retirado durante el transcurso de la misma, se escribirán finalmente todas las menciones  y proposiciones que se hagan, con expresión del resultado que obtuvieron; se hará mención, en forma resumida, de las exposiciones de los Concejales, y se indicaran los asuntos tratados y lo acordado con relación a cada uno de ellos.

Asistir con puntualidad a las sesiones del Concejo, firmar las Actas, junto con el presidente o presidenta, después que fueron aprobadas. Organizar, conservar y custodiar el Archivo General del Concejo.  Dirigir y coordinar el trabajo de la Secretaría y distribuirlo entre su personal.

Solicitar al Concejo autorización para no asistir a alguna sesión o a su trabajo diario señalando los motivos.  Las demás que le señalen las Leyes, Ordenanzas, Reglamentos, Manuales y las que le encomiende el Presidente o el Concejo.

Subsecretaria de Cámara

En ausencia del Secretario o Secretaria de Cámara, deberá asumir y cumplir cada uno de sus funciones, de igual forma, apoyará cada una de las tareas de la Secretaria.

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